Venta de vivienda para mayores de 65 años, ¿cuáles son los beneficios fiscales?
Capítulo
1
Guía Casavo
Cómo vender una casa
Capítulo 1:
Venta de vivienda para mayores de 65 años, ¿cuáles son los beneficios fiscales?

En el caso de que tengas más de 65 años y quieras vender tu casa para empezar una nueva etapa, es posible que te convenzas de hacerlo después de leer esto. El motivo es que existen grandes beneficios fiscales para personas de esta edad y descuentos para jubilados. En esta guía de Casavo, te contamos cuáles son todas esas deducciones fiscales y qué es la nuda propiedad y usufructo. ¡Vamos allá!
Exenciones generales al vender vivienda
Las personas que tienen más de 65 años están exentas de pagar el IRPF siempre que el beneficio de la venta de la casa sea menor a 240.000 euros. En el caso de que sobrepase esa cifra, la cantidad que esté por encima deberá ser tributada. Eso sí, que no paguen este impuesto no significa que no tengan que declararlo en la declaración de la renta, que siempre es obligatorio.
Además, hay que tener en cuenta que, en el caso de varios propietarios, como un matrimonio, la ganancia patrimonial está exenta de impuestos para quienes sean mayores de 65 años. Es decir, si una persona tiene 66 años y la otra tiene 64 años, esta última tendrá que seguir pagando su parte proporcional de los impuestos.
Para calcular el IRPF que se debe pagar, simplemente hay que restar los gastos de la compraventa al precio de la vivienda y, después, aplicar el porcentaje que corresponda según el beneficio obtenido. Un 19 % hasta los 6.000 euros, un 21 % entre los 6.000 y los 50.000 euros, un 23 % entre los 50.000 y los 200.000 euros y un 26 % en beneficios superiores a 200.000 euros. Por tanto, los mayores de 65 años tienen grandes beneficios fiscales en la venta de su vivienda habitual. En Casavo tenemos un artículo donde te contamos cuánto cuesta vender una vivienda y todos los gastos asociados.
Sin embargo, también existe la exención de reinversión de vivienda habitual. Como cualquier otro ciudadano, si usas el beneficio obtenido para invertirlo en otra vivienda habitual, tampoco tendrás que pagar. También cabe destacar que estos beneficios fiscales, además de a personas mayores de 65 años, también favorecen a aquellas personas en situación de dependencia severa.
Otros beneficios fiscales
Los mayores de 65 años no solo tienen beneficios fiscales al vender su vivienda, sino también al traspasar participaciones de un negocio familiar. Si se cumplen los siguientes requisitos, hay una reducción del Impuesto sobre Donaciones de entre el 95 y el 99 % según la comunidad autónoma:
- el negocio cumple los requisitos del régimen de empresa familiar.
- el donante es mayor de 65 años y deja de ejercer las funciones de dirección.
- la persona que recibe la donación es un familiar directo.
Otro de los beneficios fiscales para mayores de 65 años es el mínimo del contribuyente. El mínimo es la parte de tu renta por la que no tributas porque está destinada a satisfacer tus necesidades básicas. Para la mayoría de las personas, el mínimo de contribuyente es de 5.550 euros, mientras que, para los mayores de 65 años, aumenta 1.150 euros. Además, para los mayores de 75 años se incrementa otros 1.400 euros.
¿Y si es una vivienda no habitual?
Para la venta de una vivienda no habitual, es decir, aquella en la que no se vive, sino que se usa para disfrute personal, las condiciones fiscales son diferentes. Para no pagar impuestos, el dinero obtenido por la venta debe reinvertirse en menos de seis meses en una renta vitalicia de un máximo de 240.000 euros.
Estas rentas vitalicias consisten en seguros de vida a los que se hace una aportación periódica, normalmente mensual, con carácter vitalicio. En este caso, es obligatorio que la periodicidad sea un máximo de un año y que el importe no disminuya más de un 5 % de un año a otro.
Asimismo, esta inversión debe hacerse con una compañía aseguradora y comunicarle que la renta vitalicia procede de los beneficios de la venta de una vivienda con el fin de conseguir la exención del IRPF. Por último, se puede dar el caso de que, en el transcurso de esos seis meses, se cambie de año. Es decir, este año vendes la casa, pero hasta el año que viene no es necesario reinvertir en la renta vitalicia. Si esto sucede, debes comunicar en la declaración del IRPF tu intención de hacerlo.
¿Qué es la nuda propiedad y usufructo?
Dos conceptos interesantes cuando se habla de propietarios mayores son la nuda propiedad y el usufructo. Por un lado, la nuda propiedad es el derecho de una persona sobre una vivienda de la que es únicamente propietaria, pero sin poder disfrutarla. Por otro lado, el usufructo es el derecho de goce, uso y disfrute de una vivienda que pertenece a un nudo propietario.
Una vez entendido esto, esta es una alternativa por la que puede optar una persona mayor de 65 años que necesite el dinero, pero quiera seguir viviendo en su casa. La venta de una nuda propiedad consiste en que habrá un propietario que podrá hacer uso de la vivienda cuando el usufructuario fallezca. Mientras tanto, este último tiene derecho a usar la vivienda de por vida.
A cambio de no poder usar la vivienda desde el principio, el dueño de una nuda propiedad suele adquirir la vivienda a un precio inferior a la media del mercado. Eso sí, tendrá que hacer frente al Impuesto de Transmisión Patrimonial y al resto de gastos asociados a una compraventa.
Para terminar, esperamos que te haya quedado claro cuáles son las principales exenciones y deducciones fiscales para los mayores de 65 años. En el caso de que tengas mucha prisa por vender tu casa, en Casavo hacemos una valoración de vivienda para hacerte una oferta y empezar el proceso de compraventa cuanto antes. ¡Mucha suerte en esta nueva etapa de tu vida!
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